Requisitos de Entrada a Costa Rica - Visas y Pasaportes
Requisitos de Entrada a Costa Rica
Los ciudadanos que posean pasaportes vigentes de los siguientes países tienen permitido permanecer en Costa Rica hasta 90 días sin visa:
Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Croacia, Chile, Chipre, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Francia, Alemania, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Principado de Mónaco, San Marino, Puerto Rico, Serbia, Sudáfrica, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea del Sur, República Helénica (Grecia), Rumania, Ciudad del Vaticano, Singapur, Suecia, Suiza, República de China (Taiwán), Trinidad y Tobago, Uruguay
Los ciudadanos que posean pasaportes vigentes de los siguientes países tienen permitido permanecer en Costa Rica hasta 30 días sin visa, una vez dentro del país:
Antigua y Barbuda, Belice, Bolivia, Dominica, El Salvador, Federación Rusa, Filipinas, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Maldivas, Mauricio, Estados Federados de Micronesia, Nauru, Palau, Reino de Tonga, Samoa, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Surinam, Tuvalu, Turquía, Vanuatu, Venezuela
Los ciudadanos de los siguientes países deben obtener una visa en una embajada o consulado costarricense antes de su llegada, con una estadía máxima de 30 días.
Albania, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Armenia, Azerbaiyán, Baréin, Benín, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Botsuana, Negara Brunéi Darussalam, Burkina Faso, Burundi, Bután, Cabo Verde, Camboya, Camerún, Colombia, Costa de Marfil, Comoras, Chad, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Guinea Ecuatorial, India, Indonesia, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kuwait, Lesoto, Liberia, Libia, Líbano, Macao, Madagascar, Malasia, Malaui, Malí, Marruecos, Mauritania, Moldavia, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Papúa Nueva Guinea, Perú, Catar, República Árabe Saharaui, República Centroafricana, República de Macedonia, República del Congo, República Democrática del Congo, República Democrática Popular Lao, República Dominicana, Ruanda, Senegal, Sierra Leona, Sudán, Suazilandia, Tailandia, Tanzania, Tayikistán, Timor Oriental, Togo, Túnez, Turkmenistán, Ucrania, Uganda, Uzbekistán, Viet Nam, Yemen, Yibuti, Zambia, Zimbabue.
Los ciudadanos de los siguientes países deben obtener una Visa Restringida otorgada por la Dirección General de Migración de Costa Rica, gestionada a través de una embajada o consulado costarricense antes de su llegada.
Afganistán, Bangladés, Cuba, Haití, Irán (República Islámica del), Iraq, Myanmar (Birmania), Territorio Palestino, República Árabe Siria, República Popular Democrática de Corea, Somalia, Sri Lanka.
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